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miércoles, 29 de mayo de 2019

MASCOTAS Y OTROS ANIMALES AL JUZGADO

En la tertulia de ayer martes, no recuerdo a colación de qué, comenté un artículo leído con anterioridad narrando una curiosa ley del siglo XV por la que se procesaba a los animales que "cometían delitos" y se exoneraba a sus dueños.
Dado que a el artículo les suscitaba "curiosidad e interés" (Tema nº 19 de n/archivos), lo he extraído de la Revista de Historia y lo subo aquí.


Procesos contra animales en la Edad Media


En la Edad Media -y en tiempos posteriores también, pero con menos frecuencia- se juzgaba a los animales en diversos países de Europa. Lo que hoy día nos parece un disparate, una sinrazón, entonces era habitual y nadie se lo tomaba a broma. La idea de que el delito cometido por un animal debe recaer en el dueño de éste y no en la bestia es contemporánea. Los procesos contra animales son uno de los aspectos más sorprendentes de la relación humana con los animales en el pasado y no se empezaron a estudiar hasta el siglo pasado. El primero en hacerlo fue el historiador británico Edward P. Evans, que el año 1906 publicó The Medieval Prosecution and Capital Punishment of Animals. Se trata de una obra escrita después de cuarenta años de investigaciones en muchos archivos y en ella el autor describe detalladamente casi doscientos juicios contra animales llevados a cabo en Francia, Alemania, Suiza e Italia entre los siglos XV y XVII.

Al parecer estos procesos se basaban en un texto del Antiguo Testamento (Éxodo, 21,28) que dice:
Cuando un buey embiste un hombre o una mujer y causa su muerte, el buey será lapidado y no se podrá consumir su carne. Su dueño será absuelto.
A pesar de la absurdidad de aquellos procesos, muy pocos jurisconsultos osaban criticarlos.
Las víctimas  eran sobre todo bestias domésticas: cerdos, bueyes,  vacas, caballos y asnos sobre todo. Como ocurría hasta hace relativamente poco tiempo, en la Edad Media los cerdos se movían libremente por las calles de las poblaciones -e incluso dentro de los hogares- hozando y comiendo desperdicios. Esta cohabitación comportaba naturalmente riesgos. Incluso en Paris y otras grandes ciudades, los cerdos se movían por las calles con total libertad y ocasionaban accidentes.
El 13 de octubre de 1131 el heredero de la corona francesa cayó mortalmente de su caballo en una calle parisina cuando se cruzó en el camino de la montura un cerdo vagabundo. El culpable del funesto accidente no fue el caballo, sino el cerdo -un porcus diabolicus, según lo calificó el abad Suger-. Un animal vil, a  pesar de su importancia en la alimentación humana medieval, por lo que la muerte del príncipe se consideró humillante. Si hubiera fallecido cazando jabalíes hubiera sido muy distinto. Se habría hablado de una muerte gloriosa, muy propia de nobles, príncipes y reyes.
Además de provocar accidentes, algunas veces formaba parte de la alimentación porcina el cuerpo de algún  bebé o niño de corta edad desatendido por sus padres, que quedaba mutilado o malherido. De hecho, la mayor parte de los juicios contra cerdos son por este motivo. En cuanto a los bueyes, vacas y caballos, era a causa de su tamaño o bravura que a veces ocasionaban heridas o mataban a seres humanos.
¿De qué se acusaba a estos animales mayores? Sencillamente, de homicidio voluntario. El cristianismo desacralizó a los animales y  aunque desde San Agustín se consideraba a éstos como seres irracionales, ello no impedía que se les considerara como seres morales, perfectibles, y por tanto responsables de sus actos. Si cometían un delito, en la Edad Media  los animales eran tratados como seres humanos. Debían pagarlo.
Aparte de homicidio, también hubo procesos por otras muchas causas: brujería, blasfemia, destrucción de cosechas, robo,  crímenes de bestialidad… De brujería eran acusados muchos gatos, asociados a Satanás si eran negros. En este sentido, hubo grandes matanzas de gatos en los tiempos medievales. De blasfemia fue acusada una cerda en 1394 en Mortaing, Francia, por haber entrado en una iglesia e ingerido la sagrada forma, que encontró encima del altar mayor.
Los juicios podían ser civiles o eclesiásticos. Cuando se trataba de una plaga, era la Iglesia la que se ocupaba del caso; el obispo terminaba por anatemizar todo el colectivo acusado, fueran langostas, cucarachas, ratones o topos.  En los procesos civiles, ante todo el animal era encarcelado. El día del juicio era conducido ante el juez  a pie o bien en un carro; un gentío alborotado seguía al animal escupiéndole, lanzándole objetos y haciendo burla de él. El animal condenado era colgado o quemado. Antes de ser colgado, normalmente era estrangulado.
Los argumentos esgrimidos por fiscales y defensores a veces eran extravagantes. Veamos tan solo un ejemplo. En 1379 hubo un proceso en un pueblo de Bélgica contra una jauría de perros hambrientos acusados de haber entrado en la casa de un aldeano y de haber matado al hijo del propietario. Entre aquellos perros había algunos cachorros. Los animales fueron capturados, juzgados y condenados a muerte. Sin embargo, el sacerdote de la aldea logró salvar a los cachorros alegando que éstos habían seguido el mal ejemplo de sus progenitores.
Las ratas, las langostas, los caracoles, los pájaros, los topos y otros animales también causan daños al hombre y a sus cosechas, y más en aquella época. A menudo la destrucción de una cosecha significaba hambre, muerte. Puesto que a los animales menores e insectos causantes de aquellos daños no se les podía detener, eran anatematizados.  Obvia decir que los anatemas no servían de nada. Pero la Iglesia siempre tenía respuestas para todo. El año 1338 una plaga de escarabajos devastó los campos de una región del Tirol. Tras ser anatematizados, los insectos volvieron a las andadas. Entonces el obispo explicó que los escarabajos no le habían hecho caso debido a los muchos pecados que cometía la población local.
Otro delito del que fueron acusados algunos animales era el de bestialidad. En estos casos el acusado comparecía ante el tribunal acompañado del hombre o la mujer con la que había tenido relaciones sexuales. Un caso muy bien documentado ocurrió en Francia el año 1470. Un tal Simon Briois, de Amiens, fue sorprendido por un comerciante en una postura física muy comprometida en el establo de un albergue. Denunciado por un crimen contra natura, fue juzgado y condenado. La joven yegua con la que había copulado, también.
 Aunque durante el Siglo de las Luces la razón acabó por imponerse, los procesos contra animales no terminaron del todo. En el siglo XIX todavía hubo algún caso. Los juicios medievales y de tiempos posteriores contra animales nos parecen algo totalmente absurdo. Pero la mentalidad del hombre medieval era muy distinta de la nuestra. A nosotros nos toca solamente explicarlos.

Autor: Josep Torroella Prats para revistadehistoria.es

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